La Audiencia Provincial de Navarra corrige al Juzgado Mercantil y da la razón a Navarra Segunda Oportunidad

Una nueva sentencia refuerza el derecho de los deudores de buena fe a acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. La Audiencia Provincial de Navarra ha estimado el recurso presentado por el equipo jurídico de Navarra Segunda Oportunidad, revocando una sentencia que había declarado culpable el concurso de una de nuestras clientas.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona había aceptado el criterio del Ministerio Fiscal y del administrador concursal, que sostenían que nuestra clienta había solicitado el concurso tarde, agravando supuestamente su situación patrimonial. Pero el tribunal superior ha dado un giro al caso: tras revisar el recurso interpuesto por nuestra letrada María Gracia Iribarren Ribas, ha determinado que no hubo intención de perjudicar a los acreedores ni ocultación patrimonial, y que la situación de insolvencia era preexistente.

La Audiencia deja claro que el retraso en la solicitud no generó nuevas deudas, sino que los pasivos simplemente crecieron por intereses y costas. Además, no se produjo merma alguna del patrimonio de la deudora. Por tanto, no se justifica la calificación de culpabilidad.

Con esta resolución, nuestra clienta recupera su derecho a ser considerada deudora de buena fe y podrá acogerse al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), el paso clave para dejar atrás sus deudas y comenzar una nueva etapa sin cargas.

Este fallo refuerza un principio fundamental: la Ley de Segunda Oportunidad no está pensada para castigar el fracaso, sino para permitir una salida digna y legal a quienes no pueden hacer frente a sus obligaciones económicas.

En Navarra Segunda Oportunidad, seguimos defendiendo con firmeza ese derecho.

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